DIVORCIÓ
Es la disolución del matrimonio, decretada por una autoridad administrativa o judicial.
TIPOS DE DIVORCIÓ
Administrativo: procede cuando ambos cónyuges son mayores de
edad, no tienen hijos nacidos, o concebidos, ni vienes que liquidar, de haberse
casado bajo el régimen de sociedad conyugal.
Se presentaran, personalmente ante la
dirección del registro civil, manifestaran su deseo de terminar, acreditaran
que son mayores con sus actas de nacimiento, anexaran constancia de
inexistencia de hijos, certificado de no gravidez (embarazada) expedido por
sector salud, el oficial, los citara para que en el término de 15 días
gratifiquen su solicitud, haciéndolo, quedaran divorciados. Sí se acredita que
no son mayores de edad o que tienen hijos, es nulo el divorció.
Voluntario:
Opera cuando ambos cónyuges están
de acuerdo a disolver su matrimonio, presentando solicitud ante juez de lo
familiar, sin necesidad de hacer mención de las causas, que generan el
divorcio, pero si deberá de anexar un convenio que contenga:
1. El domicilio que habitara cada uno
2. La custodia de los hijos en caso de ser menores
3. Los días de convivencia entre el menor & el
padre que no tenga la custodia.
4. El monto que se otorgara por concepto de pensión
alimenticia.
5. El modo de liquidar la sociedad conyugal, si bajo
ese régimen se casarón.
Presentada la solicitud el jue
ordenara la presentación de los solicitantes, al centro de mediación del poder
judicial, donde trataran de conciliarlos, de persistir la solicitud, el juez dará
vista al Ministerio Publico, para que manifieste lo que a su derecho convenga,
aprobado el convenio por el Ministerio Publico, el jue citara a junta de
avenimiento, de ratificar la solicitud, se decretara el divorció, este divorcio
solo podrá tramitarse transcurrido un año de su celebración.
NECESARIO: Tiene lugar cuando uno de los cónyuges, origina
el motivo para pedir el divorcio, el cónyuge culpable deberá pagar al inocente
a título de indemnización, alimentos, por el mismo tiempo que estuvieron
casados, o mientras no me case o viva en concubinato.
Son causales de divorció:
1. Adulterio
2. Tener un hijo fuera del matrimonio, siempre &
cuando se desconozca (por una de las partes)
3. La propuesta a la prostitución
4. Incitación a la violencia para cometer algún
delito
5. Por corromper a los hijos
6. Enfermedad incurable, hereditaria o contagiosa.
7. Incapacidad para la copula
8. Incapacidad para la copula que no tenga origen a
la edad avanzada
9. Padecer trastorno mental o ser interdicto
10. Separación de 6 meses por causa injustificable.
11. Sevicia injuria & amenazas
12. No dar alimentos
13. La acusación de calumnia
14. Los hábitos de juego, embriaguez o uso inmoderado
de droga enervante.
15. Cometer delito contra el otro cónyuge, sus bienes
o sus hijos.
16. Violencia familiar
17. Separación por más de 2 años * (no se condena a
pagar alimentos)
18. Someterse a un tratamiento de maternidad, asistida
sin consentimiento del otro
Custodia: es tener el cuidado de un
menor de edad, sobre el que se ejerza partía potestad o tutela, sino ha
declarado