TEORIA GENERAL DEL ACTO
ACTO
JURIDICO: Manifestación
externa de la voluntad, que conlleva consecuencias jurídicas.
HECHO
JURIDICO: Acontecimiento de la
naturaleza, o del hombre, que tiene consecuencias jurídicas, del hombre siendo
todos los delitos culposos, en tanto, de la naturaleza, todos aquellos
desastres naturaleza.
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